Contratar a través de Medidas Alternativas

Si no se puede cumplir la Ley General de Discapacidad a través de la contratación directa de personas con una discapacidad superior al 33%, la LGD permite el cumplimiento de esta a través de la solicitud de las Medidas Alternativas vigentes en y previa solicitud del Certificado de Excepcionalidad, el cual en PODA, te indicamos cómo  gestionarlo:

  • Contratar los servicios de una persona  autónoma con discapacidad o de un Centro Especial de Empleo para el suministro de materias primas, maquinaria, bienes de equipo o cualquier otro tipo de bienes necesarios para el normal desarrollo de la actividad mercantil.
  • Contratar los servicios de una persona autónoma con discapacidad o un Centro Especial de Empleo para la prestación de servicios ajenos y accesorios a la actividad normal de la empresa.
  • Realizar donaciones a nuestra asociación Anilia, entidad sin ánimo de lucro que tiene entre  sus fines  la integración social de personas con discapacidad.
  • La constitución de un enclave laboral, previa suscripción de un contrato con un Centro Especial de Empleo.

Para cada una de las Medidas Alternativas, existen cantidades a cumplir por cada trabajador que no es contratado directamente en plantilla. En el caso de optar por un Centro Especial de Empleo, el importe anual de contratación debe ser, al menos, tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples anual (IPREM) por trabajador con discapacidad no contratado.